Derecho de información de los accionistas sobre las modificaciones estatutarias previstas.RDGRN 29/11/12 BOE19/12/12 El derecho de información habría sido incompleto, en el criterio del registrador, en cuanto se ha omitido toda referencia al informe justificativo de la modificación estatutaria propuesta, cuya preceptiva elaboración se impone por la ley a los administradores como requisito previo a la convocatoria de la junta.
Adicionalmente, se observa la carencia de la expresión del derecho que asiste a los accionistas a examinar el texto íntegro de las modificaciones propuestas, así como del informe explicativo elaborado por los administradores justificativo de las mismas y de la advertencia de las formas de su posible ejercicio (examen directo, solicitud de entrega y solicitud de remisión).
Ha de considerarse a la vista del texto expresado, que pese a la omisión formal de la transcripción del orden del día, la voluntad de la totalidad de los socios era dar carácter universal a la junta ordinaria.
Resulta evidente, «per relationem», el orden del día de la junta sin que sea precisa una nueva reproducción, y ha de entenderse suficiente claro en el texto por remisión a la convocatoria que se incorpora y donde consta pormenorizadamente.
Por lo tanto, no puede considerarse defecto que impida la inscripción de la junta ordinaria y universal, la no transcripción del orden del día pues figura relacionado en el mismo instrumento público, procedimiento que sin ser el más correcto, no debe conducir a tan fuerte efecto anulatorio.