El pasado 20 de abril, el Gobierno aprobó el “Real Decreto-Ley 3/2018, por el que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor”, al considerarlo como una extraordinaria y urgente necesidad debido al incremento exponencial del número de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor.
Tras la aprobación del Real Decreto-Ley, bajo el pretexto de garantizar un adecuado equilibrio entre los taxistas y los servicios de vehículos de turismo con conductor, el Gobierno se posiciona a favor del negocio del taxi.
El Real Decreto-Ley establece que una comunidad autónoma podrá denegar nuevas autorizaciones a arrendamientos de vehículos con conductor, si la proporción entre el número de licencias de dicha modalidad de transporte y las del transporte de viajeros con vehículo sea superior a 1/30, es decir, una licencia de vehículo turismo con conductor por cada 30 de taxis. Asimismo, los vehículos de arrendamiento con conductor deberán desarrollar como mínimo el 80% de su actividad en la comunidad autónoma en que se encuentren domiciliados.
Sin perjuicio de lo anterior, el segundo párrafo del apartado tercero añadido por el meritado Real Decreto-Ley al artículo 48 de la Ley 16/1987, determina que algunas Comunidades Autónomas podrán modificar la regla de proporcionalidad de 1/30 “siempre que la que apliquen sea menos restrictiva que esa”.
Sin esperar a que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre el recurso presentado por la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (“CNMC”) contra el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres aprobado en noviembre de 2015, el Gobierno ha dictado como medida de urgencia dicho Real Decreto-Ley convirtiendo la proporción 1/30 en rango de ley.
CNMC ha manifestado que las normas aprobadas constituyen una restricción a la competencia en el sector del transporte, al establecer unas limitaciones a las licencias de arrendamiento de vehículos con conductor que no existen en el sector del taxi.
De acuerdo con los datos publicados, actualmente existen 64.217 licencias de taxis frente a las 7.058 licencias de vehículos de turismo con conductor otorgadas, por lo que el ratio previsto en la ley ya se incumplía en el momento de su aprobación.
Ahora queda esperar la decisión que adopte el Tribunal Supremo tras la aprobación del Real Decreto-Ley.
A través del link accederá al texto íntegro del Real Decreto-Ley:
https://www.boe.es/boe/dias/2018/01/13/pdfs/BOE-A-2018-432.pdf